Muchos productores agropecuarios declaraban su IVA en forma trimestral hasta el 31 de diciembre del 2019. Esta obligación se llamaba IVA AGROPECUARIO y se presentaba en el formulario 126. Eran aquellos, que no facturaban más de Gs. 1.000.000.000 por año y estaban en el IRAGRO para pequeños y medianos contribuyentes.
Como la mayoría de los productores agropecuarios, también éstos en muchos casos habían acumulado importantes montos en crédito fiscal de IVA, tanto del saldo técnico (la diferencia entre el IVA de las compras menos el IVA de las ventas), como también en retenciones de IVA.
Ahora todos estos contribuyentes pasaron a la obligación de IVA General, lo cual significa que deben liquidar su IVA en forma mensual. Ya no existe la posibilidad de liquidar el IVA en forma trimestral.
¿Y qué sucede con los saldos a favor que había acumulado en el IVA Agropecuario?
Lo podrán trasladar. En el sistema Marangatu se ha habilitado la opción del traslado de ese IVA a favor del formulario 126 (obligación 217) al formulario 120 (obligación 211 IVA General). Antes de hacerlo solo se debe verificar que los saldos estén correctos y corresponden. Una vez procesada esta opción, también se deben colocar los saldos a favor en el formulario 120 para seguir arrastrándolas.
Este traslado de saldos se puede hacer hasta el 30 de junio del 2020 vía online. Posterior a esa fecha, se debe hacerlo por expediente y será mucho más trabajoso.