Es una pregunta muy frecuente: tengo un trabajador dependiente que cobra salario y está inscripto en IPS. Le pago algo extra y quiero que me emita una factura. ¿Esto es posible y legal? La respuesta depende mucho de cómo fue elaborado el contrato de trabajo y de qué tipo de servicio extra se trata. Generalmente, se le contrata a una persona para un trabajo específico. Sin embargo, en el contrato se pone en forma general que el trabajador debe realizar todo tipo de trabajo que le asigne el empleador. En ese caso, va ser controvertido que el trabajador emita una factura por servicios prestados al mismo empleador por algún trabajo extra.
Sin embargo, si el contrato de trabajo especifica claramente las tareas que debe realizar el trabajador y por las que fue contratado, y, ocasionalmente realiza algún servicio adicional, como ser p.ej. el mantenimiento de una maquinaria de la empresa que normalmente es contratado por algún tercerizado y que no forma parte de las tareas normales del trabajador, es posible que éste emita una factura de servicios.
Siempre es muy importante distinguir y categorizar correctamente el tipo de trabajo que se realiza y cómo se elaboró el contrato de trabajo, porque si eso no está bien claro, puede generar controversias con el IPS si se emiten facturas de servicios por trabajadores dependientes a sus empleadores.