Cuando un activo fijo se descompone debe ser dado de baja como tal y ésta es una pérdida. Pero para que esta pérdida sea deducible en el IRE GENERAL, se deben cumplir algunos procedimientos.
En primer lugar, los motivos por los cuales se da de baja un activo deben ser «descomposición u obsolescencia.»
Existen dos formas de documentar estos hechos:
- Los contribuyentes que están obligados a tener auditoría externa deben pedir al auditor que incluya el hecho en su dictamen anual.
- Los demás contribuyentes del IRE GENERAL que no están obligados a tener auditoría externa, deben contar con un acta firmado por del contador en donde se detallan los bienes a ser dados de baja.
Este procedimiento no aplica para el IRE SIMPLE, ya que la compra de activos se deduce completamente en el año en que se realiza. En caso de que el contribuyente del IRE SIMPLE lleve contabilidad completa puede igualmente realizar la baja de los activos cuando ocurre, pero no será una pérdida deducible para el IRE.