Hasta ahora, los anticipos del IRE a pagar – tanto para el IRE GRAL. como para el IRE SIMPLE – consistían en el monto del impuesto liquidado del último ejercicio menos las retenciones del último ejercicio y menos el saldo a favor.
Impuesto liquidado | (-) | Retenciones del último ejercicio | (-) | Saldo a favor | (=) | Anticipos a ingresarse |
Para hallar las cuotas a pagar se dividía el monto de anticipos a ingresarse por cuatro. Si el impuesto liquidado del último ejercicio era menor a Gs. 10.000.000, no se pagaban anticipos en el siguiente ejercicio. Esto estaba así reglamentado por el Art. 83 del Decreto 3182/19.
Con el Decreto 7402/2022 se modificó la forma de calcular los anticipos: se toma como base el promedio del impuesto liquidado de los últimos 3 ejercicios consecutivos. Si este promedio es menor a Gs. 10.000.000, no se pagan anticipos en el ejercicio siguiente.
Existen diferentes situaciones que requieren de un cálculo diferenciado:
1 | El contribuyente tiene 3 años consecutivos de impuesto liquidado en un mismo régimen – IRE GRAL o IRE SIMPLE (no mezclado – si cambió de régimen, inicia de vuelta la cuenta y se aplica según caso 3) y en todos los ejercicios tuvo impuesto liquidado mayor a 0. | Se toma como base el promedio de los últimos 3 ejercicios, menos las retenciones del último ejercicio, menos el saldo a favor. |
2 | El contribuyente tiene 3 años consecutivos de impuesto liquidado en un mismo régimen – IRE GRAL o IRE SIMPLE (no mezclado – si cambió de régimen, inicia de vuelta la cuenta y se aplica según caso 3) pero en un año tuvo impuesto liquidado igual a 0. | Se toma como base el promedio de los últimos 3 ejercicios, aún si uno de ellos es 0, menos las retenciones del último ejercicio, menos el saldo a favor. |
3 | El contribuyente no cuenta con 3 ejercicios fiscales consecutivos en el mismo régimen. | Se toma como base el impuesto liquidado del último ejercicio, menos las retenciones el último ejercicio y menos el saldo a favor. |
4 | El promedio del impuesto liquidado es menor a 10.000.000. | No paga anticipos en el próximo ejercicio. |
5 | El contribuyente tiene más saldo a favor que el monto de anticipos a ingresarse. | No paga anticipos en el próximo ejercicio. |
Descargue en lo consiguiente una planilla de cálculos auxiliares para cada casa específico: Nuevo cálculo anticipos IRE s_Res. 123