Los prestadores de servicios son aquellos que no trabajan en una relación de dependencia, sino emiten factura por sus servicios prestados u honorarios. Las deducciones del IVA a pagar se habían limitado a una lista taxativa, la cual ahora fue modificada y ampliada por el Decreto 8175/2022 del 7 de noviembre. Lo más llamativo es la inclusión de la posibilidad de deducir el 30% del IVA por compra de alimentos.
De acuerdo con la modificación dada por el Decreto 8175/2022, estas son las compras deducibles:
1 | Salud personal: consultas médicas, tratamientos, medicamentos, seguro médico (solamente lo que corresponde al contribuyente, no para familiares) |
2 | Alimentos y bebidas no alcohólicas: el 30% del IVA incluido en los comprobantes de compras |
3 | Capacitaciones: cursos, diplomados, especializaciones, etc. que guardan relación con el servicio prestado. |
4 | Energía eléctrica, agua, alcantarillado, recolección de basura, telecomunicaciones: los que son destinados a la prestación del servicio. En caso de se usan tanto para prestar el servicio y en forma particular, se puede deducir el 50% del IVA incluido en los comprobantes. |
5 | Arrendamiento de oficina: si la oficina está ubicada dentro de una vivienda, se puede deducir el 50% del IVA incluido en los comprobantes. |
6 | Mantenimiento, remodelación o refacción de la oficina. |
7 | Compra de útiles, muebles, equipos informáticos y de telecomunicaciones, servidores, equipamiento profesional y herramientas para la oficina |
8 | Vestimenta para el ejercicio de la profesión: p.ej. trajes, guardapolvos, calzados especiales, protectores de seguridad. |
9 | Servicios de publicidad y marketing |
10 | Subcontratación de servicios profesionales: destinados para la prestación del servicio gravado. |
11 | Repuestos, lubricantes, mantenimientos, reparaciones y seguros de autovehículos: destinados a la prestación del servicio. |
12 | Compra de un autovehículo: solo el 30% del IVA incluido en la factura de compra. |
Como condición se fijó que las compras deben ser realizadas solamente con ingresos del contribuyente.